
Historia.
La Autoprotección nace con el hombre mismo. Es el recurso individual y
correctivo de preservar su propia integridad, su especie y la de su
ambiente.
El enfrentar situaciones de desastres ha permitido a través de la evolución
del tiempo, conformar agrupaciones a nivel mundial siguiendo estrategias
para establecer medidas de prevención social.
En Venezuela ha existido preocupación por crear Grupos de Ayuda, Asistencia,
Búsqueda, Salvamento y Rescate. Tomando en consideración que por la
ubicación geográfica del País en su condición Caribeña, Atlántica, Andina y
Amazónica, está expuesta a una alta vulnerabilidad de Fenómenos Naturales,
Sociológicos y Tecnológicos.
En la época de nuestra Independencia, se formaron en Caracas las llamadas
“Juntas de Subsistencias”, como medida de protección a la población civil,
en virtud del desabastecimiento creado por el estado de guerra interna
imperante. El 23 de marzo de 1936 bajo el gobierno del General Eleazar López
Contreras se conformó el “Puesto de Socorro para prestar Servicio Médico a
las víctimas de accidentes” (Gaceta Oficial 18.913).
En ese mismo año, dada la preocupación del Estado Venezolano en lo referente
a los aspectos preventivos, se creó el Botiquín de Emergencias.
El 17 de julio 1938 se dicta la Ley de Servicio Nacional de Seguridad, en el
cual se le asignan misiones a la Guardia Nacional y se establece que el
Servicio de Sanidad es el órgano competente para cooperar con las
autoridades civiles encargadas de las calamidades públicas (Gaceta Oficial
19.637).
El 7 de septiembre de 1943 se dictó el Decreto 175, mediante el cual se crea
la Junta Nacional de Socorro, adscrita al Ministerio de Sanidad y Asistencia
Social, para atender a las personas que resultaron afectadas a consecuencia
de las inundaciones producidas por el río Orinoco en esa época; siendo ésta,
la primera referencia histórica en nuestro país, sobre la creación de un
ente del estado destinado a la atención de situaciones de desastres.
Y el 16 de noviembre de 1.943, se dicta una resolución donde se reglamenta
su campo de acción para que se encargue de centralizar los fondos
voluntarios y del tesoro a fin de atender damnificados por inundaciones
(Gaceta Oficial 21.199).
Aún, para esa fecha el termino “Defensa Civil” no se había utilizado como
símbolo de preparación y atención de desastres en el País.
Corresponde al Dr. Espíritu Santos Mendoza, quien actuando como Ministro de
Sanidad y Asistencia Social, por resolución, crea el 21 de mayo de 1958, la
“División de Socorro y Defensa Civil”, adscrita a la Dirección de Asuntos
Sociales.
A raíz del terremoto ocurrido el 29 de julio de 1967, es creado el “Comando
Unificado Médico Asistencial” (CUMA), presidido por el Ministerio de Sanidad
e integrado por Representantes de todos los Organismos del Estado y el 16 de
junio de 1969, por decreto Presidencial N° 96, se crea el “Fondo de
Solidaridad Social” (FUNDASOCIAL), con el objeto de prevenir y reparar en lo
posible, los daños ocasionados por calamidades y catástrofes que pudieran
afectar a grupos apreciables de la colectividad.
El 7 de septiembre de 1971, según Decreto Presidencial N° 702, se crea la
“Comisión de Defensa Civil”, con la función de Planificar y Coordinar las
acciones tendentes a prevenir, reducir, atender y reparar los daños a
personas y bienes causados por calamidades públicas por cualquier origen,
socorriendo simultáneamente a la población afectada.
A partir del 8 de junio de 1975 el Ministerio de la Defensa, emite
lineamientos que incluye el apoyo de las Fuerzas Armadas Nacionales a las
operaciones de Defensa Civil, durante emergencias causadas por fenómenos
naturales catalogadas como calamidades públicas.
El 18 de agosto de 1976 se dicta la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa, la
cual en su Artículo V, establece que la Defensa Civil estará regulada por el
Presidente de la República y sugiere que los ciudadanos que no estén
alistados en las Fuerzas Armadas deberán incorporarse a la Defensa Civil en
caso de requerírseles.
Para el 10 de agosto de 1979, según Decreto Presidencial N° 231, la Comisión
Nacional de Defensa Civil pasa a formar parte Integrante del “Consejo
Nacional de Seguridad y Defensa”, Organismo responsable de la Administración
Pública a fin de coordinar la acción de los Organismos competentes,
ajustando su actuación a los Planes de Seguridad y Defensa.
En 1996 fue aprobado, en Consejo de Ministros, el Reglamento Parcial No.3 de
la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa relacionado con la Defensa Civil
Venezolana, publicada en marzo de 1997, en la Gaceta Oficial No. 36.164.
Por vez primera se señala a Defensa Civil como un “SISTEMA NACIONAL”
En 1999 la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece
en su Artículo 332, ordinal 4° el “nacimiento” de “Una Organización de
Protección Civil y Administración de Desastres”.



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